Servicios de Registro de Empresas en Colombia

Expanda su negocio en Colombia con FTC

Ingresar al mercado colombiano y constituir una empresa en nuestro país no es un trámite complejo, en FTC podemos asesorarlo.

En FTC somos expertos en Derecho Corporativo donde podemos guiarlo a través del proceso para incorporar / registrar / constituir una empresa en Colombia.
Independientemente del tamaño de la organización o industria en la que opere, en FTC podemos ayudarlo a:

  • Elegir la persona jurídica adecuada (es decir, la sociedad por acciones simplificada, la sociedad por acciones, la sociedad de responsabilidad limitada, la sucursal, entre otras).
  • Estructurar la persona jurídica según las normas internas colombianas pero siguiendo su interés empresarial.
  • Determinar cómo financiar las operaciones colombianas, es decir, mediante inversión de capital versus deuda versus pago de servicios, de acuerdo con las normas tributarias colombianas.
  • Realizar el trámite legal para la constitución de la persona jurídica ante el notario y/o Cámara de Comercio de Colombia, según sea el caso.
  • Apertura de la cuenta bancaria ante un banco amigable con la inversión extranjera.

Por favor, complete el siguiente formulario y le responderemos lo antes posible:

Lineamientos Básicos para la constitución / registro de una entidad SAS en Colombia

1. Cómo constituir una empresa en Colombia:

El marco jurídico colombiano prevé 7 tipos de vehículos corporativos para constituirse en Colombia tales como: Sociedades Anónimas Simplificadas (S.A.S.), Sociedades Anónimas (S.A.), Sociedades Anónimas de Responsabilidad Limitada, Sociedades Anónimas Colectivas, Sociedades en Comandita Simple, Sociedades en Comandita por Acciones y Sucursales.

Sin embargo, las Sociedades Anónimas Simplificadas (S.A.S.) son la forma jurídica más utilizada por inversionistas nacionales y extranjeros.

Esto es cierto, porque la S.A.S. constituye una persona jurídica distinta de sus accionistas y, por lo tanto, los accionistas no son, en principio, responsables de los actos y contratos de la S.A.S.

Dicho esto, la constitución de una S.A.S. deberá seguir un procedimiento legal, el cual no es complejo en Colombia.

2. ¿Cuáles son los requisitos mínimos legales para la constitución de una S.A.S. en Colombia?

  • Tener al menos un accionista, que puede ser persona física o jurídica, nacional o extranjera.
  • Selección del nombre o la razón social de la entidad.
  • Determinación del objeto social de la entidad.
  • Elaboración de los Estatutos de la entidad.
  • Designar uno o varios representantes legales.
  • Registrar dirección del domicilio social de la entidad.
  • Determinación del capital autorizado y suscrito de la entidad.
  • Diligenciar el formulario de Responsabilidades Fiscales ante la Cámara de Comercio.

Nota importante:

  • Previo al registro de la entidad ante la Cámara de Comercio, se debe confirmar que la razón social seleccionada esté disponible.
  • No es necesario que el accionista fundador se encuentre físicamente en Colombia. Esto se debe a que la constitución puede ser realizada por un abogado, en cuyo caso se necesitaría un poder.
  • No se requiere un capital mínimo autorizado ni suscrito para la constitución de la S.A.S. Sin embargo, la S.A.S. se puede constituir con cualquier valor de capital suscrito, el cual deberá pagarse en un término máximo de dos años.
  • Tener en cuenta que el capital suscrito está sujeto, en principio, al Impuesto de Registro al 0,7% al momento de la constitución de la S.A.S. ante la Cámara de Comercio.

3. ¿Cuáles son los documentos que nos debe proporcionar el(los) accionista(s) para la constitución de una S.A.S. en Colombia?

Si el accionista es una Persona Natural

  1. Copia del Pasaporte.
  2. Poder especial debidamente firmado.
  3. Si los documentos no se están en español o castellano, deberán ser oficialmente traducidos.

Si el accionista es una Sociedad Anónima o Persona Jurídica

  1. Poder especial debidamente firmado.
  2. Copia del pasaporte de la persona que firma el poder especial.
  3. Certificado de Existencia Legal y Representación Legal o Certificado de Vigencia o Incumbencia.Si el documento no se aporta en español, se deberá traducir oficialmente al español.

4. Cronograma para la constitución de la S.A.S. en Colombia:

Una vez aportados los documentos requeridos por el(los) accionista(s), se procederá a la constitución de la S.A.S., lo cual podrá tomar al menos un día hábil.

5. Registro Único Tributario/Número de Identificación Fiscal de la S.A.S.

Generalmente, la Cámara de Comercio realiza el trámite ante la Autoridad Tributaria Nacional para asignar el Número de Identificación Fiscal a la S.A.S.

Sin embargo, en ocasiones, la Cámara de Comercio no realiza dicho trámite, en cuyo caso el apoderado deberá obtener el Número de Identificación Fiscal ante la Autoridad Tributaria Nacional. Este proceso puede tardar hasta 5 días hábiles.

6. Abrir una cuenta bancaria

La apertura de una cuenta Bancaria es un trámite independiente a la constitución de la S.A.S.

Dicho esto, una vez que la S.A.S. una vez constituida con éxito, la apertura de una cuenta bancaria puede tardar hasta 5 días hábiles -aunque este tiempo estimado puede variar dependiendo de cada banco-.

Los documentos mínimos requeridos para la apertura de una cuenta bancaria son los siguientes: (i) Certificado de Existencia Legal y Representación Legal de la S.A.S., (ii) balance inicial de la S.A.S., (iii) copia de la identificación del Representante Legal, (iv) Certificación de accionista emitida por un Contador, y (v) certificación del beneficiario real de la S.A.S..

Preguntas frecuentes comunes al registrar una entidad jurídica en Colombia:

Las preguntas más frecuentes de los inversores extranjeros:

¿Puede una persona natural o jurídica extranjera ser accionista (único) en Colombia?

En efecto. En Colombia la inversión extranjera está totalmente permitida, sin limitación alguna. Por lo tanto, no existe el requisito de tener un accionista colombiano de una S.A.S.

En caso de que el Representante Legal de la S.A.S. ¿Ser nacional colombiano y estar físicamente ubicado en Colombia?

El Representante Legal puede ser nacional colombiano o extranjero. Además, el representante legal no deberá estar ubicado físicamente en Colombia.

Sin embargo, desde la perspectiva práctica, es recomendable contar con un Representante Legal ubicado físicamente en Colombia, para poder tratar con autoridades locales y privadas.

Le informamos que las declaraciones de impuestos de la S.A.S. se presentará utilizando la firma electrónica del Representante Legal. (Nota: las firmas electrónicas sólo las proporciona la Autoridad Tributaria Nacional, una vez que dicha persona se haya registrado ante la Autoridad Tributaria Nacional).

¿Cuáles son las implicaciones legales de ser designado Representante Legal?

El Representante Legal será considerado solidariamente responsable de los actos, contratos y declaraciones fiscales de la S.A.S., por tener la consideración de administrador/gerente de la sociedad.

Luego de la constitución de la S.A.S., ¿cómo puede la S.A.S. contratar personal?

Luego de haber constituido la empresa y obtener el Número de Identificación Fiscal, la empresa debe registrarse ante la Administradora de Riesgos Laborales (ARL).

Además, la empresa debe estar registrada ante una Caja de Compensación Familiar.

Luego de haber completado este proceso de registro, la empresa podrá contratar empleados y registrarlos ante la Entidad Promotora de Salud (EPS) para la cobertura de salud pública. En este caso, cada empleado tiene derecho a elegir la entidad de salud que desee, ante la cual la empresa debe presentar el formulario requerido.

Además, los empleados deben estar registrados ante un fondo de pensiones, el cual es elegido libremente por los empleados.

Es importante determinar el tipo de relación contractual, a saber, (i) trabajo presencial, (ii) trabajo remoto, (iii) trabajo híbrido, (iv) empleado de gestión y confianza y (v) tipo de salario, entre otros.

Aspectos laborales para la inversión extranjera:

Información clave de la contratación en Colombia para inversores extranjeros.

1. Conceptos comunes de contratos laborales.

Día de trabajo

Día de trabajo

  • 47 horas semanales: reduce gradualmente estas horas a 42 horas semanales durante los próximos 4 años*.
  • Hasta 6 días por semana con un día de descanso obligatorio (normalmente el domingo).
  • Trabajo diario: de 4 a 10 horas diarias sin tener que pagar horas extras.
  • Los trabajadores que habitualmente trabajan los domingos tienen derecho a un día de descanso semanal remunerado además del pago del recargo.
  • Colombia tiene aproximadamente entre 15 y 18 días festivos al año.

*Según la Ley 2101 de 2021, la jornada máxima de trabajo deberá reducirse y paulatinamente de 48 horas a 42 horas, en cinco o seis días por semana, de manera que la jornada máxima de trabajo será de 47 horas para el año 2024.

Licencia por enfermedad

  • Hasta 180 días. Los primeros 90 días reciben como retribución el 75% de la renta base de cotización. Los 90 días restantes reciben el 50%.
  • La EPS no reconoce los primeros 3 días de la indemnización de la invalidez, por ser responsabilidad del empleador. Pero a partir del día 4, es responsabilidad de la EPS (Atención a la Salud).

Trabajo suplementario

  • Turno diurno: 6:00 a 21:00 horas.
  • Turno nocturno: de 21:00 a 6:00 horas.

Licencia de maternidad y paternidad

  • Maternidad: 18 semanas remuneradas – 126 días naturales – múltiple, más 2 semanas adicionales por incapacidad. 100% del salario.
  • Paternidad: 2 semanas, 100% del salario.
    Reclamar reembolso a EPS proporcional al tiempo cotizado.

Horas extra

  • Turno nocturno: Recargo del 35% hora trabajada
  • Extras diurnos: Recargo del 25% hora trabajada
  • Extras nocturnos: Recargo del 35% hora trabajada
  • Extras domingo-festivos: Recargo del 75% hora trabajada
  • Extras noche domingo-festivo: Recargo del 75% + 35% hora trabajada.

Nota:

  • Las horas extras no pueden exceder las 2 horas por día ni las 12 horas por semana; las horas extras adicionales requieren permiso del Ministerio de Trabajo.
  • Los cargos de “dirección, confianza y gestión” no son beneficiarios de horas extras ni recargos, excepto el recargo por turno nocturno.

2. Contratos de Tipo Laboral

Renovaciones o Ampliaciones

Término Fijo

  • Plazo inferior a un año: x 3 veces.
  • En el caso del x4, la duración del contrato será por un año.

Periodo de Prueba

Término Indefinido

  • 2 meses

Término Fijo

  • 20% del plazo, sin exceder los 2 meses.

Duración del trabajo

  • 2 meses

Aviso de terminación del contrato

Término Indefinido

  • Causa justa: Sin plazo de preaviso o con un plazo de 15 días hábiles, según la causa de la rescisión.
  • Sin justa causa: Sin plazo de preaviso.

Término Fijo

  • Para no renovación: 30 días antes del vencimiento del contrato.
  • Causa justa: Sin plazo de preaviso o con un plazo de 15 días hábiles, según la causa de la rescisión.
  • Sin justa causa: Sin plazo de preaviso.

Duración del trabajo

  • Cuando finalice el trabajo

Indemnización por Despido

Término Indefinido

  • 10 salarios mínimos: 30 días de salario el primer año + 20 días de salario los años siguientes (proporcionalmente para cada año).
  • + 10 smlmv: 20 días de salario el primer año + 15 días de salario los años siguientes (proporcionalmente por cada año).

Término Fijo

  • El valor del salario por el tiempo restante del contrato.

Duración del Trabajo

  • Salarios estimados restantes hasta finalizar el trabajo.
  • El pago no podrá ser inferior a 15 días hábiles.

3. Contrato de trabajo – Pagos obligatorios de seguridad social que se agregarán al salario

Nuestros servicios de formación de empresas

FTC brinda los siguientes servicios para expandir sus actividades comerciales en Colombia

Selección de entidad

La FTC analizaría y evaluaría sus necesidades y objetivos en Colombia, con el fin de determinar la mejor entidad legal para constituirse en Colombia.

Constitución de la persona jurídica en Colombia

Una vez establecido el punto 1, la FTC realizará todos los requisitos necesarios para la constitución de la persona jurídica.

Soporte post-incorporación

Una vez constituida la persona jurídica, FTC le brindará (i) asesoría Legal y Fiscal tal como la elaboración de contratos laborales, política de protección de datos, registro de marca, servicios de secretaría, servicios de precios de transferencia, entre otros y (ii) Legal Servicios de representación.

Casos de éxito de Soft-landing Legal en Colombia